RECURSOS Y FOLLETOS SOBRE

Vivienda Pública Guía para Víctimas de Discriminación o Violencia Doméstica

Discriminación an acceso a la vivienda

¿Qué es la discriminación en la vivienda? ¿Existen leyes de vivienda que me protegen de la discriminación?

Discriminación significa tratar a alguien gravemente o diferentemente por algo acerca de esa persona. Por ejemplo, existen leyes que hacen ilegal que un propietario elija a un inquilino debido a su raza, si tienen hijos, o si tienen una discapacidad. Si un propietario no alquila sólo por el color de su piel, es la discriminación racial. Si lo tratan mal sólo porque es usted un hombre o una mujer, se llama discriminación sexual.

En la mayoría de los casos, es ilegal que un propietario o una agencia de alquiler lo trate diferentemente en la vivienda debido a su raza o color, su sexo, su religión, su incapacidad, su origen nacional (de donde usted o su familia son), o su situación familiar (si usted está embarazada o tiene hijos menores de 18 años viviendo con usted). Si el dueño lo trata diferente que otros inquilinos o intenta desalojarlo por una de esas cosas, podría ser discriminación en la vivienda.

Discriminación en la vivienda es ilegal bajo las leyes federales y de Carolina del sur. Las leyes Fair Housing Act (FHA) y SC Fair Housing lo protegen si usted es víctima de discriminación en la vivienda.

Discriminación Sexual

¿Cómo puedo saber si el propietario me está discriminando debido a mi sexo?

La discriminación sexual puede pasarles a los hombres y a las mujeres. Hay muchos ejemplos de discriminación que ocurren con la vivienda. Usted o alguien en su familia puede ser víctima de discriminación sexual si el propietario:

  • Le ofrece un alquiler más bajo a cambio de sexo.
  • No repara el apartamento si usted no tiene sexo con él o ella.
  • Lo desalojo o lo amenaza con desalojarlo si usted quiere tener sexo con él o ella, O
  • Lo desaloja porque usted es víctima de violencia doméstica, violencia entre parejas o víctima de acoso.

Además, su propietario no puede decirle cosas sexuales, mostrar imágenes sexuales o escritas o tocarle de manera sexual sin su permiso. Si alguna de estas cosas sucede, puede reportar al propietario.

Violencia Doméstica y Discriminación en acceso a la Vivienda

Yo vivo en vivienda pública, en la sección 8 o en una vivienda de bonos. ¿Puede el propietario desalojarme si soy una víctima de violencia doméstica?

El propietario no puede negarle la vivienda o desalojarlo porque usted es una víctima de violencia doméstica, violencia entre parejas, o acoso. Es ilegal que el propietario intente usar un acto de violencia (o amenaza de violencia) que lo use como una razón para desalojarlo de la vivienda pública o sección 8 basados en proyectos o bono de vivienda.

Una ley federal conocida como el Acto de violencia contra mujeres (VAWA) que lo proteja si usted es una víctima de abuso y si usted vive en vivienda pública o sección 8 basados en proyectos o bono de vivienda. Esta ley protege a los hombres y las mujeres que son víctimas de la violencia.

La policía vino a mi casa porque fui golpeado por mi pareja o cónyuge. Ahora el propietario me está desalojando de mi casa. ¿Puede hacer esto?

No. La ley dice que una vivienda pública o sección 8 basados en proyectos de bonos no puede ser desalojado porque él o ella es una víctima de abuso doméstico. Esta regla también protege a cualquier persona que vive en casa del arrendatario que es víctima de abuso. La víctima tendrá que presenter pruebas del abuso.

¿Significa que no puedo ser desalojado en absoluto si soy una víctima de violencia doméstica?

No. Usted puede ser desalojado si es por una razón que no tiene nada que ver con ser una víctima. Por ejemplo, si usted no paga el alquiler, usted puede ser desalojado incluso si usted es una víctima de abuso

¿Qué pasa si mi abusador vive conmigo? ¿El arrendatario me puede ayudar?

Si vives con su abusador en sección 8 o vivienda pública, la ley le permite que el propietario o la Agencia de vivienda pública (PHA) le permitan permanecer en su casa o mantener su asistencia para la vivienda, mientras que su abusador es desalojado.

¿Tengo que demostrar que soy víctima de abuso?

La ley dice que un propietario de sección 8 o un PHA puede seguir adelante con el desalojo u otra mala acción contra una víctima de abuso si se le pide prueba del abuso y no se entrega. Si su propietario o la PHA quiere pruebas de su abuso, ellos tienen que preguntarle por escrito. Entonces tiene catorce 14 días hábiles para darles la prueba. Esta prueba puede ser un formulario que usted le firmo al propietario o una declaración escrita de un médico, un abogado, de trabajadores de los servicios para víctimas o de un reporte policial.

Su arrendador y la PHA deben mantener la información confidencial que les da acerca de ser una víctima para proteger su privacidad. Hay raras excepciones a esta regla.

Como Recibir Ayuda

¿Qué puedo hacer si creo ser víctima de discriminación para acceder a la vivienda?

Usted puede:

  • Presentar una queja por escrito con el propietario y guarde una copia para sus expedientes.
  • Llamar 1-800-669-9777 para presentar una queja con el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los Estados Unidos (HUD)
  • Consultar con un abogado para ver si puede presentar una demanda contra el propietario.

¿Me puede desalojar el propietario por quejarme de discriminación en la vivienda?

No. Es ilegal que un propietario lo desaloje solo porque se queja de discriminación en la vivienda.

¿Qué pasa si soy un inmigrante? ¿Aún puedo conseguir ayuda?

La ley de vivienda equitativa protege a todas las personas. No tienes que ser un ciudadano para ser protegido por la FHA. Sin embargo, no todas las partes de la ley de violencia contra las mujeres se aplican a los inmigrantes.

Si usted es un inmigrante que necesita ayuda con discriminación en la vivienda, usted debe llamar a un abogado.

RECUERDE: Hay plazos para presentar reclamaciones y demandas. Llame a un abogado lo antes posible para que usted puede presentar a tiempo y proteger sus derechos

La información que se presenta aquí no incluye todo lo que necesita saber sobre la discriminación en acceso a la vivienda. Consulte con un abogado si tiene alguna pregunta.

Es posible que la oficina local de servicios legales le pueda ayudar si sus ingresos son muy bajos. Para comunicarse con ellos, llame al Servicio Telefónico de Solicitud de Asistencia Legal al 1-888-346- 5592 dentro del estado o al (803) 744-9430 para Columbia.

Si no tiene abogado, el servicio de consultoría y recomendaciones del Colegio de Abogados de Carolina del Sur le puede dar nombres de abogados dispuestos a aconsejarle a costo reducido. Para conseguir nombres de abogado en su área, llame al 1-800-868-2284 dentro del estado o al (803) 799- 7100 para Columbia.

Reimprimido en junio 2014
Derechos reservados retenidos por el Centro de Justicia Legal Appleseed de Carolina del Sur. Para permiso para reproducir este folleto, contactar SCALJC al P.O. Box 7187, Columbia, SC 29202