La regla de la carga pública de 2020: lo que las familias inmigrantes de Carolina del Sur deben saber

Nota: esta publicación se actualizó por última vez el 3 de marzo de 2020

Desde el 24 de febrero de 2020, la nueva regla de carga pública está en vigencia. Aquí es lo que las familias inmigrantes del Carolina del Sur necesitan saber acerca de la nueva regla de la carga pública:

 ¿Qué es la “carga pública”?

Los oficiales de inmigración utilizan la “prueba de carga pública” para decidir si una persona puede ingresar a los Estados Unidos u obtener un estatus de residente permanente legal (tarjeta verde). En esta prueba, los funcionarios analizan sus ingresos, su empleo, su salud, su edad, su educación y habilidades (incluidas las habilidades en inglés), su situación familiar y si un patrocinador firmó un contrato (“declaración jurada de apoyo”) que promete apoyar a la persona. Los funcionarios también pueden ver si una persona ha utilizado ciertos programas de beneficios públicos. Muchos inmigrantes están exentos de la prueba de carga pública (ver más abajo para obtener una lista completa de los estados migratorios que están exentos de la regla de carga pública).

El gobierno ha cambiado la forma en que toma la decisión carga pública para que sea más difícil para los inmigrantes de bajos ingresos para venir a este país legalmente y solicitar la residencia. El gobierno también está ampliando los tipos de beneficios públicos que podrían contar contra un inmigrante en la prueba de carga pública.

La nueva regla de carga pública se aplica a los siguientes inmigrantes:

  • Personas que solicitan tarjetas verdes a través de una visa de empleo
  • Las personas que solicitan tarjetas verdes a través de la familia, particularmente cónyuges, padres, hijos y hermanos de ciudadanos estadounidenses; cónyuges e hijos solteros de titulares de la tarjeta verde
  • Titulares de la tarjeta verde que regresan a los EE. UU. Después de pasar seis meses o más en el extranjero
  • Personas que buscan una visa de no inmigrante

La nueva regla de carga pública NO SE APLICA a:

  • Titulares de la tarjeta verde que solicitan la ciudadanía
  • Solicitantes / titulares de Estatus de Protección Temporal
  • Jóvenes inmigrantes especiales
  • Destinatarios de DACA
  • Personas que solicitan tarjetas verdes a través de asilo o condición de refugiado, Ley de violencia contra las mujeres, visas U o T, Inmigrantes especiales afganos o iraquíes, entrantes cubanos o haitianos, NACARA, peticiones amerasianas o la Ley de equidad de inmigración de refugiados haitianos

 ¿Qué beneficios cuentan para la carga pública?

  • Programa de Asistencia Nutricional Suplementaria (SNAP o “cupones de alimentos”)
  • Sección 8 vivienda
  • Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI) del Seguro Social
  • Asistencia Temporal para Familias Necesitadas (TANF)
  • Asistencia en efectivo federal, estatal y local para ingresos
  • Medicaid que no es de emergencia (a menos que sea para personas menores de 21 años y mujeres embarazadas)
  • Otras viviendas subvencionadas
  • Institucionalización a largo plazo a expensas del gobierno

Es importante saber que RECEPCIÓN de beneficios públicos no le hará automáticamente una carga pública. El gobierno federal también considerará otros factores, como la edad, la educación, las habilidades lingüísticas, la discapacidad y el nivel general de ingresos. Tener un ingreso por debajo del 125% de la línea de pobreza federal pesaría mucho contra un solicitante, incluso si nunca recibió beneficios públicos.

Los beneficios públicos utilizados antes del 24 de febrero de 2020 no cuentan. La regla no es retroactiva.

¿Qué beneficios no cuentan para la carga pública?

Los siguientes beneficios públicos no pueden considerarse en la prueba de carga pública:

  • Programa de mujeres, bebés y niños (WIC)
  • Programa de seguro médico para niños (CHIP -Medicaid)
  • Medicaid para personas menores de 21 años y mujeres embarazadas
  • Programas de asistencia financiera hospitalaria
  • Almuerzo gratis y otros beneficios escolares
  • Asistencia energética
  • Beneficios para veteranos
  • Seguro Federal de Vejez, Sobrevivientes e Incapacidad del Seguro Social (OASDI/SSDI)
  • Pensiones del gobierno y seguro de salud para empleados del gobierno o beneficios de transporte
  • Seguro de desempleo
  • Compensación de los trabajadores
  • Seguro estatal de invalidez
  • Matrícula universitaria en el estado
  • Subsidios de la Parte D de Medicare
  • Ayuda por desastre o préstamos gubernamentales que requieren reembolso

Estos programas son seguros para continuar – La carga pública no se aplica.

Mis hijos son ciudadanos Americanos y recibir algunos beneficios públicos, ¿Eso me convierte a mí o a ellos en una carga pública?

No. Los programas utilizados por sus hijos ciudadanos NO serán considerados en la carga pública. Es seguro para mantener a sus hijos inscritos en estos programas, independientemente del estado migratorio de los padres.

Cualquier información que proporcione en una solicitud de beneficios públicos se usará solo para determinar la elegibilidad de su hijo para el programa. Esta información no se utiliza para la aplicación de la ley de inmigración. Usted no tiene que proporcionar información sobre su estado migratorio si sólo se está solicitando beneficios públicos para otras personas en su familia. Debe asegurarse de proporcionar solo la información necesaria. No proporcione ninguna información falsa.

¡Edúquese: puede acceder a estos programas de beneficios públicos para su familia sin temor cuando conoce sus derechos!

¿Tiene más preguntas sobre los beneficios públicos o la carga pública? Comuníquese con Louise Pocock, SC Abogada de Política de Inmigración, por correo electrónico a [email protected] o por teléfono al 803-779-1113 ext. 112. Se habla español.

El Centro de Justicia Legal Appleseed de Carolina del Sur no proporciona representación directa de inmigración para los clientes. Para opciones de asistencia de inmigración gratuitas o de bajo costo en su área, visite: https://www.immigrationadvocates.org/nonprofit/legaldirectory/